PREVENCIONES DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA ANTE LA PESTE DE MARSELLA. Por Víctor Manuel Galán Tendero.
Las restricciones a la movilidad en tiempos de pandemia no es algo exclusivo de nuestro tiempo, ni de lejos. Tal mecanismo de control sanitario se aplicó por la Monarquía española durante la temible peste de Marsella, que se extendió por otros puntos de Francia en 1720.
Solemnemente se declaró que la primera atención de un rey era preservar a su reino del contagio y conservar su salud. Con Felipe V, tras la guerra de Sucesión, los comandantes generales asumieron importantes poderes, particularmente en los territorios de la Corona de Aragón. Debían avisar de toda novedad a la Junta de Sanidad, en la que tomó asiento el gobernador del Consejo de Castilla al lado de otros ministros. El sistema era ciertamente centralista. De las prevenciones adoptadas en Cataluña se hizo eco en su correspondencia el conde de Montemar.
Todavía se creía en que la peste era una manifestación de la ira de Dios y se llegó a aconsejar hacer penitencia, absteniéndose de todo festejo, más allá de por razones más prosaicas. El 23 de octubre de 1720 se prohibieron las comedias y todas las fiestas de toros y novillos.
A 30 del mismo mes se prohibió enteramente el comercio por mar y tierra de ropas y géneros con Francia. Las cartas solamente se admitirían con las precauciones de ser agujereadas por medio con un punzón de hierro y ser puestas en vinagre.
Se insistió en el cierre de toda comunicación marítima, especialmente con el control de las embarcaciones pequeñas. No servirían los certificados de sanidad expedidos en los puertos franceses. Solo se autorizaría el acceso a las naves francesas con bacalao procedentes directamente de Terranova, sin tocar puertos de Francia.
A las naves británicas y holandesas se les permitiría el acceso si venían directamente de sus países y sin productos franceses. Se les dispensaría provisiones en los puertos españoles. Con todo, se suprimió el comercio con África, fuera la que fuera la nacionalidad de la nave, por considerarse un territorio especialmente favorable a la peste.
Tales medidas eran complementadas por las autoridades locales de la Monarquía española, desde Europa a América. Todavía en 1721 la ciudad de Tarragona sufragaba tres barcas diarias, junto a las pagadas por Tortosa y por la Marina Real, con cincuenta soldados del resguardo del mal contagioso. Su contribución llegó a ascender a 1.800 libras. La Audiencia de Quito ratificó la prohibición de naves francesas el 29 de abril de 1722, insistiéndose el 12 de febrero de 1723 en la prohibición de géneros de Marsella. A su modo, las medidas contra la peste también sirvieron a otros intereses, no precisamente sanitarios.
Fuentes.
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid.
Cédulas y pragmáticas, Caja 22, 37 y 39.