LO QUE NOS HA PODIDO LEGAR NUESTRO SIGLO XIX. Por Víctor Manuel Galán Tendero.
Hoy es seis de diciembre, día marcado en el calendario español como festivo, el de la ratificación por referéndum de la Constitución de 1978. Sobre cómo se elaboró nuestra actual Carta Magna y cuál es su actual estado de salud, mucho se podría escribir, pues ambas cuestiones son tan extensas como complejas.
En relación a la primera, no está de más recordar que nuestra actual Constitución se redactó en un ambiente histórico muy concreto, el de unos años marcados por el recuerdo y el estudio de nuestro vidrioso siglo XIX, cuyas amargas lecciones se trataban de asimilar con provecho, ya que las guerras civiles habían castigado a España hasta el siglo XX. Evitar la discordia entre hermanos, la reconciliación y el consenso, se convirtió en una meta deseable. En 1962, apareció la primera edición de Introducción a la Historia de España, cuya sexta edición vería la luz en 1969. José María Jover se encargó de la España de 1808 a 1931. Sus capítulos fueron revisados a lo largo de la década de los sesenta, y al principio ponían el punto final a la obra. Cosas del franquismo. Más tarde, Carlos Seco Serrano añadiría los de Nuestro tiempo, que alcanzaría hasta la Transición en ediciones posteriores.
A su modo, Jover, extraía lecciones de lo sucedido y en cierta manera daba consejos a los futuros legisladores españoles. En relación al siglo XIX, podemos destacar una serie de juicios, como el de la importancia fundacional de nuestra Constitución de 1812, la Pepa (p. 534):
“Ahora bien, si las medidas legislativas aludidas tienden a subvertir las bases económicas y sociales del Antiguo Régimen (aunque, todavía, de manera muy incipiente y moderada), la Constitución de 1812 aspira a levantar, de acuerdo con nuevos planos, el edificio de un nuevo Estado español. Ante este documento básico, verdadera “carta magna” del liberalismo español, la más certera glosa que cabe hacer es la mera invitación a su lectura.”
También es claro acerca de la necesidad de tener presente a los menos favorecidos (p. 637):
“Pero la infirme posición ética de la clase dirigente isabelina no se debía solo a la técnica del obrar político con que procuraba desplazar la concurrencia de los demás grupos políticos urbanos: progresistas o demócratas. Estaba, sobre todo, en la ceguera social con que ignoraba las aspiraciones, los sentimientos, las reivindicaciones de la España campesina.”
Y a partir de la Constitución de 1876, hace una clara advertencia (p. 727):
“La Constitución de 1876 fue, en efecto, fruto de un inteligente esfuerzo encaminado a hallar una plataforma lo más amplia posible, en la cual tuvieran cabida las tendencias políticas que se habían manifestado como más importantes a lo largo del proceso constitucional español durante el siglo XIX. Se trataba de evitar, para lo sucesivo, que cada partido pretendiese implantar “su” propia Constitución tan pronto llegase al poder; de evitar que un partido gobernase y el otro se mantuviera en un retraimiento hostil, preparando su revolución para cambiar las tornas.”
No poco de estos valores se encuentran en la Constitución de 1978. Al final, las circunstancias históricas establecerán su evolución completa y por cuanto tiempo estarán en vigor. Quizá, en esta navegación la historia pueda ayudarnos a transitar por el mejor de los caminos.