LA ORGANIZADORA GANADERÍA JACETANA.

15.07.2018 10:28

                En la segunda mitad del siglo XII, Jaca era una urbe bien consolidada del Camino de Santiago, atrayente para gentes del otro lado de los Pirineos. Se dijo que desde Castilla y Navarra acudían todos aquellos que querían aprender acerca de la clave de su éxito, sus fueros o normas de organización municipal.

                El éxito no preservaba a los jacetanos del paso del tiempo, mucho más dinámico en la Edad Media de lo que a veces se ha dicho, y el rey Alfonso II de Aragón fue más allá de una simple confirmación en noviembre de 1187 de sus fueros. Incorporó nuevas disposiciones que los ponían al día.

                La ganadería era un importante negocio, con gran tradición en la zona, a proteger, al pender del mismo la provisión de alimentos, recursos militares, ganancias comerciales y rentas reales. La riqueza, según una conocida fórmula, atrae a los ladrones. Jaca en consecuencia se tuvo que dotar de una organización más eficaz al respecto.

                Además del núcleo urbano estricto, Jaca comprendía un extenso territorio en el que florecieron una serie de entidades de población, llamadas villas en 1187. A día de hoy, el territorio jacetano cuenta con treinta y nueve núcleos dependientes. En este complejo territorio, los caballeros disponían de heredades, en las que se consideraban con derecho a hacer la suya. Antes de 1187 se crearía una Junta con el propósito de poner orden, y sus disposiciones serían finalmente aprobadas por Alfonso II.

                Como la autoridad última correspondía al rey como señor de Jaca, su merino o administrador patrimonial disponía de importantes poderes judiciales. Solo él autorizaba el embargo de una cabeza de ganado en caso de extrema necesidad, y a él se dirigían los hombres buenos de las villas para denunciar los robos con discreción. También se nombraron responsables o guardianes.

                Se citan a los resistentes bueyes, tan útiles para roturar los campos por aquel entonces, y a las ovejas y las cabras, que ya emprendían la trashumancia hacia España o las tierras bajas. Consciente del valor de la actividad para sus rentas, el monarca declaró libres sus hierbas y aguas, pero los ganados solo podían hacer una sola noche gratis en los vedados de los caballeros. El arrendamiento de los pastos ya era un buen negocio.

                Las preciadas cabezas de ganado fueron protegidas con severidad. El robo de una oveja o una cabra se sancionaría con el pago de nueve. De entrada no se embargaría buey, oveja o cabra por deudas o sanción, excepto que no se dispusiera de más bienes, con la citada autorización del merino. No se podía sacrificar la pieza embargada antes de nueve días. Debía de retornarse al embargado la piel de la pieza, no la de otra, si no se quería ser considerado ladrón.

                La ganadería era y es una ocupación consumidora de mucho tiempo, pero ante las urgencias militares debía de dejarse a un lado momentáneamente. Era obligado seguir el apellido o llamada a la defensa vecinal. Las villas y los particulares rezagados en relación al punto de emergencia serían denunciados y sancionados con penas de tres sueldos, correspondiendo la tercera parte a los junteros. El ejemplo de Jaca demuestra, una vez más, como la ganadería impulsó y organizó el espacio de ciudades con amplios términos.

                Fuente.

                SANGORRÍN, D., El Libro de la Cadena del concejo de Jaca, Zaragoza, 1920, pp. 151-157.

                Víctor Manuel Galán Tendero.