CASTROJERIZ, LA FORJA DE CASTILLA.
Los castellanos medievales, del Norte del Duero a Canarias.
En el siglo X varios mandatarios europeos como el emperador germano procuraron fortalecer su autoridad frente a sus potentados territoriales, dispuestos a convertirse en dignidades de mayor relieve. Los reyes de León, que a veces se presentaron como continuadores de los monarcas visigodos, no lograron frenar las ambiciones de los condes de Castilla, que a su vez también se encararon con las espinosas cuestiones de la autoridad.
En los ejércitos de la época la infantería no era tan infrecuente como a veces se ha sostenido. Alfredo el Grande hizo buen uso de la misma en sus guerras contra los daneses en Britania. En sus batallas contra las fuerzas del califato de Córdoba, los poderes hispano-cristianos lógicamente no dejaron de emplearla, pero las tropas montadas fueron adquiriendo cada vez mayor protagonismo, hasta tal extremo que para muchos todavía hoy la Edad Media es sinónimo de caballería. Los soldados a caballo tuvieron la ventaja de la movilidad en las luchas contra enemigos astutos y huidizos al modo de los húngaros, aunque no todos los combatientes dispusieron de los medios económicos suficientes para pagarse el corcel de guerra.
A cambio de la entrega de bienes patrimoniales en determinadas condiciones, un mandatario podía mantener una fuerza de caballeros fieles, progresivamente ennoblecidos. Así sucedió con los caballeros ministeriales alemanes. El conde y emperador (en el sentido de autoridad pública) de Castilla García Fernández siguió una política similar de promoción de la caballería, según se aprecia en el fuero de Castrojeriz, datado el 8 de marzo del 974.
El conde se presentó en su promulgación como el cabeza de una gran familia cristiana, ya que otorgó la escritura en compañía de su esposa, en nombre de la Santa Trinidad para la salvación de su alma, las de sus padres y las de sus fieles difuntos. Su paternalismo abrazó a los caballeros, erigidos en modelo para los eclesiásticos y los peones, temprana muestra en tierras hispanas del llamado orden social trinitario. Se estaba verificando, desde este punto de vista, una verdadera transformación socio-política en Castilla en sintonía con la de otras áreas europeas, concretada en casos como el que nos ocupa.
Los caballeros de Castrojeriz fueron considerados infanzones y tratados como tales, con capacidad para poblar sus heredades con hombres libres, cuyo régimen fue propio de la behetría. Se valoró su persona en caso de muerte en 500 sueldos, divididos en doce homicidias o partes a distribuir. Su responsabilidad por homicidio se estipuló en 100 sueldos. Se ampararon tanto sus casas de dentro como de fuera del núcleo de Castrojeriz, y se exoneraron de pagar los tributos de mañería y de nuncio: en el supuesto de muerte sin descendencia legítima, el conde no podía heredar sus bienes.
Tales prebendas no los obligaban a ir a las campañas condales, el fonsado, automáticamente, si carecían de préstamo del conde y del estipendio de su representante, el merino. Castrojeriz se convertiría en sede de una de las merindades de Castilla. La recepción de bienes feudales pudo asegurar una temporada de servicio de tres a cuatro meses, que en caso de prolongarse determinaba el pago de sumas de dinero suplementarias. Este modelo, que se fue afirmando a lo largo de la Plena Edad Media, no impidió que los caballeros pudieran tomar la iniciativa en acciones militares propias, nervio de las nacientes huestes concejiles.
Las disposiciones dadas a los caballeros también se aplicaron a los clérigos, lo que nos da a entender unas formas de vida compartidas más allá del privilegio de la infanzonía. A los peones de Castrojeriz se les reservó un trato más benévolo que el dispensado en otros lugares. La intención de atraer pobladores a un punto de interés amenazado militarmente es bien evidente. Se les prometió que no pagarían mañería, fonsadera o redención de fonsado, portazgo, montazgo, pontazgo, serna ni corvea, reducida a un día para barbechar, uno para sembrar, otro para podar y a un carro de mies, deberes para con el conde como señor patrimonial o para un infanzón al que sirvieran. Al igual que en otros puntos del antiguo imperio carolingio, varios peones podían unirse para cumplir mejor un deber público, generalmente relacionado con cuestiones militares. Tres podían aportar un asno para acarrear los bagajes en campaña, con la obligación de asistir dos de los mismos.
Organizados para la guerra, las gentes de Castrojeriz se distinguieron del resto en lo judicial por voluntad del conde de Castilla. El testimonio de sus infanzones y clérigos prevalecería sobre el de sus homólogos de otros lugares en los pleitos de la localidad, y lo mismo acontecería en el de sus peones en relación al de los caballeros villanos forasteros. Se estaban poniendo las bases del orgullo municipal, alma del naciente concejo.
Emplazada en el Camino de Santiago, Castrojeriz no se quedó en un simple puesto fortificado al estilo de varias localidades del interior de Europa frente a los húngaros. Las referencias ya apuntadas a las labores de poda son elocuentes de actividad vitivinícola, y las de exención de portazgo o pontazgo del deseo de promocionar las operaciones comerciales, más allá del autoabastecimiento. En estas circunstancias se entiende mejor que se tratara de ganar la residencia de los judíos, cuyo valor penal se homologó al de los cristianos. Tal fue el punto de arranque de la comunidad judía de allí. Castrojeriz es, pues, uno de los lugares que nos permiten conocer cómo se forjó la Castilla medieval.
Víctor Manuel Galán Tendero.